El Ejecutivo modificó seis artículos del RELAIP sin consultar la opinión de los miembros del Instituto.

Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP). Imagen tomada de la cuenta oficial del Facebook del IAIP

 

 

Por Sofía Benítez y Andrea Escobar

El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) es la instancia a la que los ciudadanos acuden cuando las entidades gubernamentales se niegan entregar a la población cualquier información pública que soliciten. Luego de mantener su independencia durante años, el actual Gobierno, mediante un Decreto Ejecutivo, realizó modificaciones al Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (RELAIP) sin antes reunirse y dialogar con los comisionados del Instituto y la sociedad civil.

A partir de esta reforma, el Gobierno dió más facultades al comisionado presidente del Instituto, Ricardo Gómez, quien ahora tiene mayor potestad en la toma de decisiones y reorganización del IAIP, sin necesidad de consultarlo con el pleno de los comisionados. Además, tiene permitido planificar y supervisar procesos de clasificación o desclasificación de información reservada. Con las reformas, el Ejecutivo también eliminó varios requisitos para ser elegido comisionado del Instituto.

“Consideramos que la reforma realizada al Reglamento de la Ley de Acceso a la Opinión Pública (RELAIP) en su art. 61, por el Señor Presidente de la República, puede suponer un menoscabo a la potestad normativa respecto al desarrollo de los aspectos internos de la organización del IAIP y por ende a la autonomía administrativa”, expresó la comisionada del IAIP, Liduvina Escobar.

Comisionada del IAIP, Liduvina Escobar. Imagen tomada de la cuenta oficial del Twitter del IAIP

La organización Acción Ciudadana también manifestó su inconformidad. Eduardo Salvador Escobar Castillo, Denisse Esmeralda Siliézar Rauda y Ana María Recinos Rivas, representando a la mencionada organización, pidieron a la Sala de lo Constitucional que dicte una medida cautelar y que suspenda la aplicación y efectos de las reformas del RELAIP. De esta forma las entidades involucradas dispondrán de tiempo para evaluar de forma conjunta los cambios planteados por el Ejecutivo. 

 

Acción Ciudadana también pidió que se declare inconstitucional el art. 109 inc. 1 de la LAIP que atribuye al Presidente de la República la facultad de emitir reglamentos en un plazo máximo de 120 días. Esto vulnera y contradice el art. 168 ord. 14° de la Constitución donde se expone que la obligación del Presidente se limita a decretar, y no emitir reglamentos que faciliten la aplicación de la ley.

 

El director del Instituto de Acceso, Ricardo Gómez, quien no acompañó en una conferencia de prensa al pleno de los comisionados, dijo por aparte que “Si algunos de estos procedimientos que le han sido de una manera otorgados con mayor plenitud al presidente, son atendibles y todo, pues nosotros tenemos ahora el compromiso de irnos adecuando a ello mientras no suceda alguna reversión de esto y algún proceso”.

Comisionado presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), Ricardo Gómez. Imagen tomada de la cuenta oficial de Facebook del IAIP.

Grupo Promotor de la LAIP ve retroceso en transparencia y acceso a la información.

 

Este colectivo de organizaciones civiles cree que la reciente elección de comisionados del IAIP fue realizada en secreto e irrespetando lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) y su reglamento (RELAIP) sobre los plazos, el número de organizaciones participantes, publicidad y transparencia.

 

Javier Castro, abogado de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades) mencionó en una conferencia de prensa que hubo graves fallas y vulneraciones a los principios de legalidad y publicidad durante el proceso.

 

A “Lo único a lo que hemos tenido acceso es al currículum, pero no hemos tenido acceso a cómo presentaron las solvencias”, dijo Xenia Hernández, del Centro de Estudios Jurídicos (CEJ), otra de las organizaciones del Grupo Promotor, ante la posibilidad de que el Ejecutivo haya modificado el Reglamento de la LAIP a propósito, para beneficiar algún candidato que deseaba elegir.

El Grupo Promotor lo integran varias organizaciones civiles comprometidas con la transparencia y el acceso a la información, que promovieron la LAIP y el IAIP. Imagen tomada de la cuenta de Twuitter del Grupo Promotor.

“Necesitamos tener todo el expediente de cada uno de los candidatos que participaron para poder decir definitivamente si la solvencia de alguna persona venció y por eso se hizo un cambio en el reglamento de la Ley”, agregó Hernández.

 

Claudia Umaña, abogada y vicepresidenta de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), recordó que en las reformas el presidente redujo los requisitos para ser elegido comisionado, y con ello están debilitando el filtro de entrada al Instituto y al debilitarlo hace que personas con menos capacidad e independencia, y con menos conocimiento o con conflicto de interés, puedan ser elegibles. 

 

Por su parte, Wilson Sandoval, del Centro de Asesoría Legal Anticorrupción (ALAC), explicó que han identificado un patrón de resistencia a la entrega de información pública, y que el Ejecutivo busca restringir lo más que pueda el acceso a la información. 

 

Sandoval manifestó que existe una política en el gobierno que busca tratar de tapar actos de corrupción. Si el Ejecutivo sigue en el intento de desmantelar las cosas, va tras la opacidad, se esconde, no da información pública y busca llenarse con más poder, lo que se obtendrá finalmente es mayor corrupción. 

 

El Grupo Promotor presentó el jueves 10 de septiembre ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia una demanda de inconstitucionalidad en contra de las reformas hechas al Reglamento de la LAIP.